Base de conocimiento
Preguntas Frecuentes (FAQs)
Q1 ¿Sigue vigente la clásica chapa patente “101” para tráilers y casas rodantes?
No, ya no es legal. La histórica Disposición 1136/1996 (que permitía circular con una chapa casera pintada con el “101” más la patente del auto) fue derogada. Bajo las normativas vigentes (Disposición DNRPA 323/2019 y modificatorias), las unidades de arrastre deben contar con su propia identificación oficial:
- Categoría O1 (Recreativo, hasta 750 kg): Placa tráiler oficial unificada otorgada por el registro de la propiedad automotor (DNRPA) previo trámite de homologación.
- Categoría O2 (751 kg a 3500 kg) y todo uso comercial: Requieren obligatoriamente la Placa Oficial Roja autónoma.
Q2 ¿Cuál es la diferencia entre LCM y CSV? ¿Cuál me corresponde exigir?
Es el punto crítico para evitar estafas.
- LCM (Licencia de Configuración de Modelo): Es el “acta de nacimiento” que emite el Estado Nacional para unidades fabricadas desde 2022 en adelante. Certifica que el modelo fue ensayado en laboratorio y cumple con estándares de fábrica. Si comprás un tráiler nuevo, exigí que tenga LCM.
- CSV (Certificado de Seguridad Vehicular): Es una vía de excepción (gestionada mediante informe de un ingeniero matriculado y aprobada por la ANSV) destinada a unidades usadas (fabricadas hasta 2021 inclusive) o reformas particulares.
Q3 Compré un furgón y lo equipé como motorhome. ¿Puedo asegurarlo y circular normalmente?
No, si no realizaste el trámite de “Cambio de Tipo”. Circular y asegurar una unidad como “Furgón de Carga” cuando en su interior posee instalaciones de gas, agua, electricidad y mobiliario fijo constituye Reticencia (falsa declaración del riesgo).
En caso de siniestro (por ejemplo, un incendio originado en la cocina), la aseguradora rechazará el siniestro por agravamiento de riesgo no declarado. El título de propiedad debe indicar de manera expresa el tipo: “Casa Rodante Motorizada” o “Casa Rodante Autopropulsada”.
Q4 ¿Qué categoría de licencia de conducir necesito para manejar un Motorhome?
El factor determinante no es el tamaño, sino el Peso Bruto Total (PBT) de la unidad (que figura en la cédula, y se calcula sumando la tara del vehículo más su capacidad de carga máxima):
- Hasta 3.500 kg de PBT: Se puede conducir con licencia común Clase B1 / B2 (recreativo).
- Más de 3.500 kg de PBT (Unidades duales, camiones, etc.): Es obligatorio contar con licencia Clase C1 (profesional/pesados).
Q5 Si mi tráiler se desengancha en ruta y causa un daño, ¿qué seguro responde?
El remolque debe contar con su propia póliza de Responsabilidad Civil (RC) de arrastre. Sin embargo, legalmente, el conjunto (auto tractor + remolque) se considera una sola unidad de riesgo en movimiento.
¿Te quedaron dudas?
Si tenés alguna consulta, comunicate con FATCRA a través de cualquiera de sus canales: